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Una parte de los casos que se atienden en el despacho de abogados en Sant Vicenç dels Horts tiene que ver con robos y hurtos. Sin embargo, no muchas personas saben que, aunque a veces se utilizan como sinónimos, estas dos palabras se refieren a delitos distintos. Por otro lado, otros muchos conocen que no se trata de lo mismo, pero no saben distinguirlos.
Por eso, a continuación, te hablaremos de las diferencias legales básicas entre un robo y un hurto. De esta forma, siempre estarás seguro de cuál de los dos delitos se trata y podrás comenzar a buscar ayuda en el despacho de abogados en Sant Vicenç dels Horts.
Como hemos dicho, es muy común que las personas que no son expertas en asuntos legales no sepan distinguir un robo de un hurto. Esto se debe, en gran medida, a que la mayoría de veces en el lenguaje común utilizamos el robo refiriéndonos a las dos cosas.
El hurto es una conducta que consiste en tomar una cosa mueble ajena con ánimo de lucro y sin que su dueño lo desee. En esta definición no encontramos nada referente a la fuerza o la violencia. Por lo tanto, el código penal en este caso solamente condena el hecho de apoderarse de algo ajeno. Si el valor del hurto es de más de 400 €, la pena pueden comportar prisión de entre 6 meses y 3 años.
El robo es una conducta que consiste en tomar una cosa mueble ajena, con ánimo de lucro, empleando la fuerza contra los objetos al acceder o abandonar el lugar del robo; o mediante violencia o intimidación a las personas. Dependiendo del valor del robo y las circunstancias, la pena puede ser de prisión entre 1 y 6 años.
Si tienes cualquier tipo de duda legal relacionada con el derecho penal, mercantil, civil, familia, bancario..., no dudes ponerte en contacto con nosotros. En Castellano Boladeras (CB) Advocats queremos ayudarte en todo lo que necesites.